Saltar al contenido
Miércoles, 21 de octubre de 2026
Actualidad y noticias, al instanteBuscar ⌕
Noticias Litoral

Noticias Litoral

Los quince mil pesos que ANSES paga por duelo: el subsidio que casi nadie conoce y que muchos funerales argentinos ya dejaron chico

La Administración Nacional de la Seguridad Social mantiene desde hace casi dos décadas un pago único por fallecimiento de jubilados y pensionados. Con la plata que se necesita hoy para dar cristiana sepultura, el monto apenas si tapa el alquiler del coche fúnebre.

OM
Osvaldo MarchettiAgroexportación y puerto · · 4 min de lectura
Los quince mil pesos que ANSES paga por duelo: el subsidio que casi nadie conoce y que muchos funerales argentinos ya dejaron chico

A mí me tocó verlo de cerca, en el mostrador de una oficina de la ANSES de un pueblo del sur santafesino, cuando una hija de un viejo productor tambero que había jubilado a los sesenta y cinco pidió el reintegro de los gastos de sepelio y se volvió a su casa con un comprobante por quince mil pesos en la mano. Eso fue hace años, y la cifra no se mueve desde entonces, al menos no al ritmo que se mueven las cocherías, los cementerios, las florerías y los traslados en el interior del país. Cuando uno se acerca al tema como periodista y como vecino que ha acompanhado a familias en ese trance, lo que encuentra es un beneficio legítimo, nacido en 2006 y reformado en 2020, pero que quedó chico frente a la inflación de los últimos ejercicios.

De qué se trata, en concreto, el Subsidio de Contelación Familiar

La Administración Nacional de la Seguridad Social otorga el llamado Subsidio de Contención Familiar a quienes afrontaron los gastos de sepelio, cremación o inhumación de un jubilado o pensionado. Es un pago único de quince mil pesos, y la persona que lo reclama tiene un año contado desde la fecha de fallecimiento para pedirlo. Pasado ese plazo, la ventanilla se cierra sin más trámite, y eso es algo que muy pocas familias tienen presente en las semanas inmediatamente posteriores a la pérdida.

  • Quién tiene prioridad para cobrarlo: en primer lugar, quien presente una factura a su nombre que acredite haber abonado el servicio funerario.
  • Si no existe esa factura, pueden pedirlo el viudo o conviviente, los hijos con derecho a pensión por fallecimiento, y más atrás los herederos sin derecho a pensión cuando no hay otros reclamantes.
  • El plazo para iniciar el trámite es de un año desde el fallecimiento, y quienes estén tramitando en paralelo la pensión por fallecimiento pueden pedir el subsidio en el mismo momento.

La letra chica de los formularios y de la documentación

Los familiares con derecho a pensión deben presentar la resolución que acredita esa prestación y el formulario PS.6.296. Para los herederos sin derecho a pensión, los formularios exigidos son el PS.6.254, el PS.6.258, el PS.6.259 y el PS.6.286, según el parentesco y la situación de cada caso. En varias delegaciones también se aceptan constancias emitidas por cooperativas de energía, por gremios, por mutuales y por compañías de seguros, lo que allana el camino cuando parte de la documentación original se perdió o se demoró. Esa flexibilidad, en la práctica, le ha salvado el trámite a más de un hijo de productor o de empleado rural que tenía todo guardado en un sobre amarillento dentro de un ropero.

El trámite puede hacerse por internet, ingresando con CUIL y Clave de la Seguridad Social al portal de la ANSES y seleccionando la opción Solicitud de Subsidio de Contención Familiar, o bien de modo presencial, pidiendo turno en una oficina. En la modalidad virtual hace falta tener a mano la constancia de CBU bancaria, donde se acreditará el pago, y la documentación respaldatoria. Más allá del canal elegido, lo que repiten los beneficiaros a los que pude consultarles es que la carga burocrática es llevadera, aunque a veces se topan con demoras cuando en la oficina de turno se cruzan con la liquidación de medio aguinaldo o con operativos especiales de pago.

“Te dan el papel, te sellan todo, te atienden bien, pero cuando llegás a la cochería a pedir las cuentas terminás poniendo bastante más de lo que la ANSES te devuelve. Es un reconocimiento al duelo, no una ayuda real para pagarlo.”Héctor, camionero retirado de Rufino, Santa Fe

Esa frase de Héctor, un camionero retirado de Rufino con quien charlé mientras esperaba turno en la delegación local, resume el corazón del asunto: el Estado reconoce la situación, reglamenta el beneficio, lo paga en término y lo cobra quien debe cobrarlo, pero el monto se quedó muy atrás del costo efectivo de un sepelio en cualquier pueblo del sur del país. Entre el ataúd, el traslado, el nicho, las flores, el trámite en el registro civil y la mesa posterior, una despedida digna puede costar hoy varias veces esos quince mil pesos que la Administración Nacional de la Seguridad Social líquida por única vez. Y esa es, a mi entender, la cuenta pendiente que el Estado todavía no resolvió: indexar de una vez el subsidio, o al menos ajustar su piso, para que deje de ser una compensación simbólica y vuelva a ser un alivio concreto del surco al buque, como solemos decir cuando una política pública tiene que llegar a tiempo y en la cantidad que hace falta a quien más lo necesita en el momento más amargo de su vida.

OM
Osvaldo MarchettiAgroexportación y puerto

Comentarios

0

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Seguí leyendo