Moratoria de ARBA: la Provincia de Buenos Aires ofrece quitas de hasta el 40% sobre deudas tributarias acumuladas
El régimen especial de regularización arranca el 26 de octubre y se extenderá hasta el 31 de diciembre, con bonificaciones escalonadas según la fecha de adhesión y la forma de pago. Incluye Ingresos Brutos, Inmobiliario, Automotor y Sellos, y será llave de acceso a los beneficios impositivos de 2027.

Desde el 26 de octubre y hasta el 31 de diciembre, ARBA pondrá en marcha un régimen especial de regularización de deudas tributarias para los contribuyentes de la provincia de Buenos Aires, con descuentos que en el primer tramo alcanzarán el 40% del capital adeudado. La propuesta, que se instrumentará de manera íntegramente digital, cubre obligaciones vencidas o devengadas hasta el 31 de diciembre de 2025, incluso las que se encuentren en etapa prejudicial, judicial o bajo proceso de fiscalización, según precisaron las fuentes oficiales.
Qué tributos entran en el plan
El régimen alcanza a Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario Básico y Complementario, Automotor y Embarcaciones Deportivas. También podrán incorporarse deudas generadas durante 2026, con la excepción del impuesto de Sellos, que queda fuera de ese tramo. La inclusión resulta significativa porque permite arrastrar al plan obligaciones que, en muchos casos, venían acumulándose durante varios ejercicios y que constituían un stock difícil de cancelar por la vía administrativa ordinaria.
El contexto económico de la provincia, sensiblemente más ajustado que el promedio nacional, explica la magnitud de los descuentos ofrecidos. Los registros de morosidad hacia el fisco bonaerense venían incrementándose, según admitieron en el organismo de recaudación, lo que torna a esta herramienta un instrumento de política tributaria destinado a recuperar contribuyentes atrasados antes de fin de año.
Vamos a los números: cómo se distribuyen los descuentos por etapa
Las bonificaciones se estructuran en cuatro etapas, con porcentajes decrecientes a medida que se acerca el cierre del régimen. En la primera, del 26 de octubre al 13 de noviembre, el pago al contado accederá a un 40% de descuento; en tres cuotas, a un 20%; y en seis cuotas, a un 15%. La segunda etapa, del 14 al 27 de noviembre, reducirá esos valores a 35%, 15% y 10% respectivamente. La tercera, del 28 de noviembre al 11 de diciembre, ofrecerá 30% al contado, 10% en tres cuotas y 5% en seis. La cuarta y última, del 12 al 31 de diciembre, quedará limitada al 30% de quita para cancelación íntegra al contado, sin variantes para pago en cuotas. En todos los casos, el descuento no podrá superar el monto del capital adeudado.
- Primera etapa (26/10 al 13/11): 40% al contado, 20% en 3 cuotas, 15% en 6 cuotas.
- Segunda etapa (14/11 al 27/11): 35% al contado, 15% en 3 cuotas, 10% en 6 cuotas.
- Tercera etapa (28/11 al 11/12): 30% al contado, 10% en 3 cuotas, 5% en 6 cuotas.
- Cuarta etapa (12/12 al 31/12): 30% al contado, sin opción de cuotas con descuento.
- Tope: el beneficio no puede superar el monto del capital adeudado.
Para aquellos contribuyentes que necesiten un esquema de financiamiento más prolongado, ARBA aclaró que se mantienen vigentes sus planes permanentes de regularización, con mayor cantidad de cuotas, aunque sin las bonificaciones del régimen especial. En la práctica, la moratoria actúa como una ventana preferente: cuanto más temprana sea la adhesión y más rápido el pago, mayor será el alivio fiscal.
“El objetivo es que quienes tienen obligaciones pendientes cuenten con una herramienta concreta para regularizar su situación y puedan acceder a los beneficios previstos para quienes cumplen, en un contexto económico adverso y de mayores dificultades para el pago de impuestos.”Cristian Girard, director ejecutivo de ARBA
Qué le cambia al bolsillo de cara a 2027
El aspecto más relevante del régimen no reside sólo en la quita de intereses y punitorios, sino en la condición que impone hacia adelante: estar al día con ARBA será requisito ineludible para acceder a las bonificaciones impositivas previstas para 2027. Quien se adhiera al plan y cancele —al menos parcialmente— su deuda antes del 31 de diciembre quedará habilitado para esos beneficios; quien opte por ignorar la moratoria, quedará directamente excluido del régimen de estímulos del año próximo. Para los contribuyentes atendidos por el fisco provincial, la decisión resulta, en consecuencia, doble: cancelar lo atrasado con descuento y, al mismo tiempo, asegurar la puerta de entrada a los incentivos tributarios del próximo ejercicio.
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